NOVEDADES RDL 21/2020 QUE AFECTAN A LAS SOCIEDADES MERCANTILES

El nuevo Real Decreto-ley 21/2020, publicado el pasado 9 de junio, ha introducido una nueva modificación del artículo 40 del Real Decreto 8/2020 sobre medidas excepcionales como consecuencia de la Covid-19, contemplado la posibilidad de que la Juntas Generales de Socios o Accionistas, así como los Consejos de Administración puedan celebrar sus reuniones, una vez terminado el estado de alarma y hasta el 31 de diciembre de 2020, mediante medios telemáticos, aún sin existir previsión estatutaria para ello.
 
Se trata de una propuesta que tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias una vez finalizado el estado de alarma para implementar la vía telemática en la gestión y administración ordinaria de las Sociedades aunque no se haya previsto en los estatutos.
 
En primer lugar, para celebrar por medios telemáticos (videoconferencia o conferencia telefónica múltiple), la sesión de los órganos de gobierno y de administración de las sociedades se requiere que todos los miembros dispongan de los medios informáticos que permitan su participación. El secretario deberá reconocer la identidad de cada uno de los asistentes y expresarlo en la correspondiente acta que remitirá de inmediato a los miembros del órgano por correo electrónico. 
 
En segundo lugar, se incluye la regulación de la vía telemática para la votación de los acuerdos. Los órganos descritos anteriormente, podrán proceder a la adopción de acuerdos por escrito y sin sesión por decisión del presidente y a solicitud de dos miembros del órgano reunido.
 
Por último, conviene aludir que, en caso de llevarse a cabo la sesión en la forma expuesta, se entenderá celebrada en el domicilio social de la persona jurídica en cuestión, siendo de aplicación a todos estos acuerdos lo establecido en el artículo 100 del Reglamento del Registro Mercantil.

El presente artículo contiene información de carácter general, cuya finalidad es meramente divulgativa. En ningún caso podrá considerarse asesoramiento legal o recomendación jurídica. Para cualquier tipo de asesoramiento legal póngase en contacto con nosotros en: abogados@maratorralba.com

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