La Patente Unitaria Europea

 

Próximamente, entrará en vigor el Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes y la plena aplicabilidad de los Reglamentos de la UE n.º 1257/2012 y n.º 1260/2012 (“Unitary Patent Package”), por lo que cambiarán los criterios de protección tanto de las patentes europeas existentes, como de las pendientes y futuras solicitudes de patentes en Europa. Todo ello, encaminado a seguir unificando la normativa de la Unión en esta rama del Derecho de Propiedad Industrial e Intelectual.

Hablamos de una novedad que seguramente interese a todos aquellos que sean titulares de una patente europea o tengan intención de serlo en un futuro. A la larga, esta medida podría suponer una mejora respecto a los efectos y costes de los derechos de patente, así como una reconsideración en relación con el principio de territorialidad con el que estábamos familiarizados.

El nuevo tratado establece que las patentes se obtendrán según el procedimiento actual, pero con una gran diferencia, serán efectivas de manera simultánea en todos los países que hayan firmado el tratado. A día de hoy, son 17 países los que han firmado entre los cuales se encuentran Alemania, Francia, Italia, Portugal, Suecia, etc. Los países que por ahora quedan fuera del tratado son España, Reino Unido, Suiza, Noruega, Croacia y Polonia.

La clave está en que la Patente Unitaria unifica los trámites de validación y solo se tendrá que abonar una única tasa de renovación en la Oficina Europea de Patentes. Aunque, en los países en que no se ha firmado el tratado y que, por tanto, no está en vigor la Patente Unitaria, como, por ejemplo, España y Reino Unido, la tasa de renovación se tendrá que seguir pagando en las oficinas nacionales respectivas, y hacer la correspondiente validación nacional.

Otro cambio importante de la Patente Unitaria es que estará sujeta a una competencia y jurisdicción concentrada delante de un único Tribunal Unificado de Patentes (TUP). Dicho tribunal, con sedes en Múnich y París, tendrá competencia exclusiva sobre todas las decisiones de nulidad, infracción o limitación, con potestad sobre todos los Estados Miembros firmantes del tratado.

La entrada en vigor de este tratado está prevista para principios de junio de 2023 lo que comportará que las patentes europeas concedidas y las solicitudes EP pendientes se sometan por defecto a la jurisdicción unitaria, a menos que el titular solicite lo contrario. El titular podrá renunciar durante el periodo transitorio a la competencia y jurisdicción del TUP a través del procedimiento “Opt Out”, dejando la competencia y jurisdicción a los Tribunales Nacionales.

En conclusión, es cierto que esta iniciativa trae ciertas ventajas, pero no debe pasarse por alto que el hecho de someterse a una jurisdicción armonizada puede ser un arma de doble filo. Las resoluciones del TUP tendrán efectos inmediatos en todos los países que han ratificado el tratado. Ello implica que, si el Tribunal Unitario revoca una patente, esta dejará de ser válida en todos los estados adscritos al sistema de forma automática. En cambio, con el sistema tradicional, el titular de una patente puede perder un pleito en un país, pero conseguir que le den la razón en otro; o, simplemente, mantener a salvo su patente en los países donde no ha sido demandado.

 

Marc Pastor

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