La evolución de las tecnologías y la digitalización de la sociedad han hecho proliferar las relaciones y los acuerdos a distancia incrementando la necesidad de comunicaciones electrónicas seguras y con validez legal.
Hasta no hace tanto tiempo, los acuerdos se cerraban con un apretón de manos o exigían la presencia de ambas partes contratantes y la plasmación a mano de la firma en los mismos; si bien en los despachos utilizábamos fórmulas “manuales” de recogida de firmas.
Las nuevas tecnologías han venido a facilitar la prueba de estos acuerdos y comunicaciones.
En este sentido, el email certificado se ha convertido en una herramienta muy útil para garantizar la autenticidad y la integridad de las comunicaciones, y su validez como prueba en un juicio.
Las comunicaciones electrónicas certificadas son el equivalente digital al burofax, y son notificaciones fehacientes admitidas en un juicio. El juez valorará, conforme a las reglas de la sana crítica, sobre la autenticidad del documento teniendo en cuenta el resultado de las pruebas. La validez legal del email certificado se basa en la certificación electrónica realizada por un prestador de servicios de certificación, que garantiza la integridad y autenticidad de la comunicación. En ese sentido, es sumamente importante asegurarse que la empresa certificadora que se utiliza cumple con los requisitos técnicos y jurídicos necesarios para ofrecer un servicio válido de certificación.
El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la validez del email certificado como prueba en un juicio en el auto dictado por la Sala Primera en el recurso 855/2010. En este caso, se admitía un correo electrónico certificado como forma de comunicación efectiva para reclamar una cantidad adeudada por un procurador a su cliente. Esta resolución del Supremo, entre otras, ha dado reconocimiento a las notificaciones electrónicas y ha establecido una base jurídica para su uso en procedimientos judiciales.
Es importante destacar que las comunicaciones electrónicas certificadas, incluyendo los sms certificados, son consideradas pruebas fehacientes en los países de la Unión Europea desde la aprobación del Reglamento N.º 910/2014 del Parlamento Europeo, también conocido como eIDAS. Este reglamento establece un marco legal común para los servicios de confianza, y garantiza la validez jurídica de las comunicaciones electrónicas certificadas en toda la UE.
En cuanto al uso de empresas certificadoras en la firma de contratos a distancia ha demostrado ser una herramienta valiosa para las empresas y particulares, permitiendo la realización de transacciones comerciales de manera segura, eficiente y rápida.
La validez jurídica de los contratos firmados a través de estas empresas certificadoras se fundamenta en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, que establece el marco legal común para los servicios de confianza en la Unión Europea. La ley establece los requisitos y condiciones necesarias para que las empresas certificadoras puedan ofrecer servicios de confianza, como la certificación de comunicaciones y la firma electrónica avanzada.
La firma electrónica avanzada cumple con los requisitos de autenticidad e integridad, y tiene la misma validez legal que la firma manuscrita. Puede ser utilizada en cualquier tipo de acuerdo, incluyendo aquellos firmados a través de empresas certificadoras.
Estos servicios incluyen la identificación del firmante mediante distintos métodos, la garantía de que la firma es única y está vinculada al firmante (por ejemplo, con el envío de un código sms), la garantía de integridad del documento firmado y de que el mismo no ha sido alterado después de la firma, la firma biométrica, el uso de certificados electrónicos… Y, todo ello, con un alto nivel de seguridad. Incluso a veces, estos servicios ofrecen un sistema de auditoría que registra todos los detalles de la transacción, lo que significa que se puede rastrear el proceso de firma y garantizar que el documento no ha sido modificado.
En conclusión, el sistema de comunicaciones electrónicas certificadas proporciona seguridad, eficiencia y ahorro a las empresas, y garantiza la comunicación fehaciente y segura desde un punto de vista jurídico. Además, los Tribunales han ido admitiendo su uso, lo que otorga mayor seguridad y eficiencia a las empresas que utilizan este tipo de comunicación en su actividad diaria.
Estos métodos pueden ser una herramienta muy útil para las empresas que necesiten comunicarse de forma segura y eficiente con sus clientes y proveedores, siempre y cuando se cumplan los requisitos necesarios para su validez jurídica. Por ello, es importante contar con el asesoramiento legal adecuado para evitar posibles problemas legales en el futuro.
Marc Pastor
El presente artículo contiene información de carácter general, cuya finalidad es meramente divulgativa. En ningún caso podrá considerarse asesoramiento legal o recomendación jurídica. Para cualquier tipo de asesoramiento legal póngase en contacto con nosotros en: abogados@torralbabertolin.com
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TORRALBA BERTOLIN ABOGADOS socio fundador de ACUTA
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